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06 09/08
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El nuevo puerto deportivo baionés permite edificar en bajo y planta PDF Imprimir Correo-e
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o 09-10-2003

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El Concello tiene de plazo hasta el día 23 para informar a los Servicios Centrales de Portos de Galicia sobre el Avance del Plan Especial del Puerto. El ente público remitió el documento al Concello, para que éste emita informe en lo que afecta a sus competencias, para que pueda ser incorporado a la redacción a tramitar.

Se trata de que Baiona se convierta en referencia de la vela, así como de mejorar su aspecto recreativo, compaginando las actividades pesqueras con las antes mencionadas. Según memoria anual de Portos de Galicia, en Baiona, ya en 1996, recalaron 1.780 embarcaciones (13.350 toneladas de registro bruto) e incremento notable después.

Los objetivos son conseguir un nuevo puerto más acorde con la actualidad, así como la mutua coordinación municipio-puerto para el desarrollo de todas las potencialidades náuticas. Todas las concesiones y licencias quedan sometidas a la obtención de la licencia urbanística municipal.

En cuanto a la zona náutico-recreativa a construir en el espacio terrestre de la concesión, la edificabilidad es de 0,30 metros cuadrados por metro cuadrado. sobre la parcela total de las nuevas instalaciones. Se excluye sólo el foso de travel-lift.

En rasantes, la cota máxima de la explanada de las instalaciones no podrá superar la cota máxima del paseo marítimo. En parcelas de 50 metros cuadrados, la ocupación máxima en parcela neta es del 100 %; el número de plantas máxima es de baja para todas las edificaciones, excepto las de Capitanía y Escuela de Vela (baja más una).

La altura máxima será de 4,20 metros, salvo en los edificios de capitanía y de la escuela, en las que alcanzará los 7 metros (alturas a cumbrera). Quedan fuera de aquella limitación las instalaciones singulares dedicadas a servicios del puerto: torretas de alumbrado o de balizamiento, así como instalaciones desmontables. Sótano y servicios se autorizan siempre que estén incluidos en la altura máxima sobre rasante. Se admitirán aparcamientos subterráneos en la totalidad de la ordenanza y se debe disponer al menos de una plaza por cada 40 metros cuadrados o fracción, que será de rotación, para servicios. El acceso libre para peatones abarca el alrededor de la explanada de las nuevas instalaciones.

www.farodevigo.es




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